¿Cómo se calcula lo que te devuelve el SAT?

Cuando aportas a un Plan Personal de Retiro (PPR), esa cantidad reduce tu ingreso acumulable anual. El SAT calcula tu ISR dos veces: con tu ingreso original y con tu ingreso reducido. La diferencia entre esos dos ISR es la devolución.

En la mayoría de los casos, esa diferencia es aproximadamente igual a tu aportación multiplicada por tu tasa marginal de ISR: el porcentaje del rango de la tarifa en el que cae tu último peso de ingreso. Pero cuando la deducción es lo suficientemente grande para bajarte de rango en la tarifa, la devolución real es menor a esa multiplicación simple. Esto se explica en detalle en la sección sobre el caso frontera de $700,000.

Un detalle importante: la devolución está limitada al ISR que efectivamente te retuvieron o pagaste durante el ejercicio. Si tus retenciones de nómina o pagos provisionales fueron menores a tu ISR determinado, el saldo a favor será menor. Revisa tu constancia de retenciones antes de presentar la declaración.

¿Cuánto te devuelven según tu ingreso?

La siguiente tabla muestra la devolución estimada para distintos rangos de ingreso anual, aplicando la tarifa del Anexo 8 RMF 2026. La aportación deducible en cada fila es el tope del 10% del ingreso (o el límite de 5 UMA en el último caso). Los valores de ISR y devolución están calculados aplicando la tarifa oficial dos veces, con y sin deducción.

Ingreso anualAportación deducibleISR sin PPRISR con PPRDevolución
$400,000$40,000$62,779.91$54,235.91$8,544
$600,000$60,000$109,293.86$95,181.86$14,112
$800,000$80,000$164,833.03$140,833.03$24,000
$1,200,000$120,000$284,833.03$248,833.03$36,000
$2,000,000$200,000$545,243.12$477,243.12$68,000
$2,500,000$213,973.20 (tope 5 UMA)$715,243.12$642,492.23$72,750.89

Cifras calculadas aplicando la tarifa del Anexo 8 RMF 2026 (DOF 28-12-2025). La aportación deducible es el 10% del ingreso o el tope de 5 UMA ($213,973.20), lo que sea menor. Los valores de ISR se calcularon con la tarifa anual oficial; la devolución es la diferencia entre ambos ISR.

¿Por qué a veces te devuelven menos de lo que esperabas?

La tarifa de ISR es progresiva: no todos tus pesos de ingreso tributan al mismo porcentaje. Cuando la deducción del PPR es suficientemente grande para bajarte de rango, la devolución real es menor a la que darías multiplicando tu aportación por tu tasa marginal original. Ninguno de los competidores que responden esta pregunta explica este matiz.

Ejemplo verificado: ingreso anual de $700,000

  • Aportación deducible: $70,000 (10% del ingreso)
  • Tasa marginal antes de deducir: 30% — el ingreso de $700,000 cae en el rango $668,840.15–$1,276,925.98 de la tarifa
  • Cálculo ingenuo: $70,000 × 30% = $21,000
  • Devolución real: $18,483.17 — porque al restar $70,000, el ingreso baja a $630,000, que cae en el rango del 23.52%
  • Tasa efectiva de devolución: 26.4%

La diferencia entre $21,000 y $18,483.17 existe porque la deducción cruza el umbral de $668,840.15: parte de la deducción "absorbe" ingresos que tributaban al 30%, pero la otra parte "absorbe" ingresos en el rango del 23.52%. La tasa efectiva de devolución (26.4%) es un promedio ponderado de los dos rangos, no el 30% del rango superior.

Este fenómeno solo ocurre cuando la deducción es lo suficientemente grande para cruzar la frontera entre dos rangos de la tarifa. En los casos de la tabla anterior ($800,000, $1,200,000, $2,000,000), la aportación permanece dentro del mismo rango y la multiplicación simple sí da la cifra correcta.

¿Cuál es la tarifa de ISR 2026?

La siguiente tabla reproduce íntegramente la tarifa anual del Anexo 8 RMF 2026, sección C.II (Arts. 97 y 152 LISR), publicada en el DOF el 28 de diciembre de 2025. Es la tarifa oficial que el SAT aplica para calcular tu ISR del ejercicio 2026.

Límite inferiorLímite superiorCuota fija% sobre el excedente
$0.01$10,135.11$0.001.92%
$10,135.12$86,022.11$194.596.40%
$86,022.12$151,176.19$5,051.3710.88%
$151,176.20$175,735.66$12,140.1316.00%
$175,735.67$210,403.69$16,069.6417.92%
$210,403.70$424,353.97$22,282.1421.36%
$424,353.98$668,840.14$67,981.9223.52%
$668,840.15$1,276,925.98$125,485.0730.00%
$1,276,925.99$1,702,567.97$307,910.8132.00%
$1,702,567.98$5,107,703.92$444,116.2334.00%
$5,107,703.93En adelante$1,601,862.4635.00%

Fuente: Anexo 8 RMF 2026, sección C.II, publicado en el DOF el 28 de diciembre de 2025. Tarifa para el cálculo del impuesto del ejercicio (Arts. 97 y 152 LISR).

Para usar la tarifa: localiza el rango donde cae tu ingreso acumulable (después de restar el PPR), resta el límite inferior de ese rango, multiplica por el porcentaje del excedente y suma la cuota fija. El ISR resultante es el que adeudas al SAT con la deducción ya aplicada.

¿Cuándo recibes la devolución?

La devolución se obtiene al presentar la declaración anual del ejercicio 2026, cuyo plazo vence el 30 de abril de 2027. En esa declaración incluyes las aportaciones al PPR realizadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, junto con la constancia de deducibilidad emitida por la aseguradora.

Una vez presentada la declaración con saldo a favor, el SAT la procesa y emite el depósito. El plazo de procesamiento varía; presentar la declaración en enero o febrero (antes del pico de abril) suele acortar el tiempo de espera.

Para declarar correctamente la deducción del PPR y solicitar la devolución, consulta el artículo sobre cómo declarar un PPR en la declaración anual.

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Contenido informativo. No sustituye asesoría fiscal personalizada. Consulta a un contador autorizado para calcular tu situación específica, ya que el ISR depende de la totalidad de tus ingresos, deducciones y retenciones del ejercicio.